Arrigui: “Es una irresponsabilidad denunciar mala liquidación a jubilados y llamar a realizar juicios que van a perder”

Arrigui: “Es una irresponsabilidad denunciar mala liquidación a jubilados y llamar a realizar juicios que van a perder”
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Walter Arrigui, abogado especialista en casos previsionales y ex Secretario de Seguridad Social de la Nación, desmintió la publicación de un diario local que aseguró en una publicación que la Caja de Previsión Social liquidaba de manera inadecuada.

El doctor explicó que desde que se creó el régimen de previsional argentino en 1904 hasta ahora, la pensión es un beneficio derivado de otro que es la jubilación. “La pensión es directa cuando se le paga al viudo o a los hijos porque fallece el trabajador en actividad y una pensión derivada es cuando fallece el jubilado y también se le paga a la ciudad, al viudo o a los hijos”, dijo.

Remarcó que el calculo no varió en los últimos 120 años años, siempre fue un porcentaje del haber de la pensión, pero obviamente para calcular la pensión, como es un beneficio derivado, primero hay que calcular la jubilación.

En ese marco, recordó que “las contingencias que cubre un régimen previsional es la invalidez o es la muerte con lo cual la contingencia es la del sobreviviente o la persona que tiene la suerte de jubilarse por vejez”.

Amplió diciendo que “si usted se jubila por jubilación ordinaria el calculo se hace sobre el promedio de la remuneración actualizada de los últimos 120 meses y si es por invalidez el beneficio es el cálculo del promedio de los 60 meses actualizados. En el primer caso, jubilación por vejez, le dan un 1% por cada año, la exigencia es 30 años de servicio con aporte que le da el 45% y en la invalidez es el promedio del os 60 como le dije, pero además lo que le dan es el 70% de ese promedio. O sea, es mucho mejor el calculo que sea hace en los supuestos de jubilación por invalidez que lo que se hace por vejez, conviene jubilarse por invalidez que por ordinaria”.

Señaló que la pensión es un beneficio derivado de una jubilación, por vejez o si la persona no llegó y se invalidó antes o se murió será una derivada de una jubilación por invalidez o por muerte. En ese sentido dijo que “es mucho más beneficiosa la pensión de la máxima invalidez”.

Tras aclarar lo que marca la ley, el especialista apuntó contra el matutino local manifestando que “es una irresponsabilidad denunciar mala liquidación a jubilados y llamar a realizar juicios que van a perder”.

“La Caja de Formosa está armonizada con el régimen nacional o sea que en este punto la ley de Formosa adhiere a la de nación, liquida como liquida la ley nacional. Quiere decir que lo que debe hacer Formosa en el caso de una pensión de alguien que está fallecido en actividad lo primero que hay que hacer es el calculo del beneficio por invalidez. Si se trata de alguien trabajando con continuidad será el 70% de los últimos 60 meses, al resultado se le aplica otro personaje que es el 70 de esta jubilación por invalidez”, explicó.

Para graficarlo, comentó que si una persona percibe un salario bruto de $10.000, se aplican los descuentos de la CPS, y el salario de bolsillo queda en $7.000. Cuando uno hace el calculo de la invalidez ocurre lo mismo, se calcula sobre el salario bruto $10.000 con lo cual la jubilación le da $7.000, es decir que la jubilación es exactamente igual al salario, lo que ocurre que la pensión es el 70% de la pensión.

“Dicho de otra forma, alguien que cobra $10.000, se jubila por invalidez y es $7000 el beneficio de jubilación por invalidez, si alguien cobra $10.000 y fallece en actividad el beneficio de pensión se calculará $7.000 para la invalidez y $4.900 para la pensión. Es lógico porque ya no se trata de un matrimonio en un mismo domicilio, sino que ahora es una sola persona y el número se reduce”, declaró.

El profesional en el tema hizo hincapié en que el calculo no varió desde 1904, año en el que se creó el régimen de previsional argentino.